Periodismo de Investigación
Romina Gali: "Las Obras Sociales no cumplen con la Ley por una cuestión netamente económica"
Para la abogada de la Liga Argentina de Protección al Diabético (LAPDI) y de la Federación Argentina de Diabetes (FAD), un paciente en tratamiento por complicaciones derivadas de una patología con mal control metabólico a mediano/largo plazo, es más caro para el sistema de salud que uno bien cuidado.
- ¿Podrías decirnos qué Obras Sociales, se vieron implicadas en problemas vinculados con la provisión de insulina/medicamentos para diabéticos?
- Reiteradamente, OMINT S.A. DE SERVICIOS, OSDE, GALENO ARGENTINA S.A., SWISS MEDICAL S.A., ACCORD SALUD, OSECAC, PAMI, IOMA, OBRA SOCIAL DE LA UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN y en menor medida OSPLAD, OBRA SOCIAL DEL PODER JUDICIAL, O.S.U.O.M.R.A., OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA CONSTRUCCIÓN.
- ¿La Superintendencia de Servicios de Salud es el único ente regulador de estas Obras Sociales y prepagas?
- Sí. Pero los reclamos administrativos (que no suelen ser exitosos) se pueden hacer en caso de las prepagas, también ante la Defensa del Consumidor.
- ¿Es requisito tener un plan alto para recibir la cobertura total de los medicamentos?
- No. La medicación por diabetes está establecida por Ley, e inclida en el programa médico obligatorio. Hay obligación para Prepagas, Obras Sociales y para el Estado Nacional (si el paciente no tiene seguro de salud) de darle la cobertura más allá del plan que tenga la persona.
- ¿Por qué crees que las obras sociales no respetan la Ley 23.753? Sobre todo el artículo 5, con respecto a cubrir al 100% los medicamentos y reactivos de diagnóstico.
- Por una cuestión netamente económica. Muchas veces, los pacientes no reclaman sus derechos y ahí obtienen la "diferencia económica" los Seguros de Salud. Diferencia económica actual, pues un paciente en tratamiento por complicaciones derivadas de una patología con mal control metabólico, a mediano/largo plazo, es más caro para el Sistema de Salud que uno bien cuidado.